¿Qué es el Departamento de Prevención de Lavado de Activos?
El Departamento de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo en el Sector Seguro, es quien tiene a su cargo la inspección, supervisión, y control de las políticas implementadas por los sujetos obligados en el cumplimiento efectivo de las obligaciones y cargas en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo según lo establece la Ley 155-17 Contra el Lavado de Activos Provenientes del tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas y otras infracciones graves, así como las del financiamiento del terrorismo.
Está encargado de tratar con las demás autoridades competentes nacionales y extranjeras, las informaciones oficialmente adquiridas para los fines legales de las organizaciones públicas y aportar datos y soluciones para coordinar las acciones de lugar.
FUNCIONES:
- Velar porque los sujetos obligados apliquen adecuadamente las normas y procedimientos para el envío de reportes de operaciones sospechosas.
- Inspeccionar a los sujetos obligados y verificar que los mismos cumplan con los programas de prevención y control de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
- Requerir las informaciones que deban suministrar los sujetos obligados.
- Elaborar sistema de alerta que ayuden a determinar con antelación cualquier hecho que represente una posible violación a la ley de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
- Monitorear constantemente las prácticas sugeridas por el GAFI y otros organismos internacionales en relación a la LA/FT.
- Fungir como enlace entre la Superintendencia de Seguros y demás instituciones o instancias públicas en casos de persecución de esquemas fraudulentos que constituyan una violación a la Ley de Seguros y Fianzas y la Ley 155-17 sobre lavado de activos y financiamiento de terrorismo.
- Dar seguimientos a las nuevas tendencias aplicadas por los infractores de la ley.
ESTÁ DIRIGIDA A:
- Compañías de seguros.
- Compañías de reaseguros.
- Corredores de Seguros.